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Verifactu en el taller: qué fecha te aplica y qué le tienes que exigir a tu programa

1 de enero de 2027 si eres S.L., 1 de julio si eres autónomo. Qué cambia en el mostrador, qué no tienes que hacer tú y las cinco preguntas que hacerle hoy a tu proveedor de software.

Verifactu facturación RD 1007/2023 AEAT software taller

La conversación se repite este año en todas las asesorías: llamas por otra cosa, y antes de colgar te sueltan que "lo del Verifactu hay que mirarlo, que tu programa igual no vale". Cuelgas sin saber si eso es cosa de enero, de dentro de dos años, o si te van a cobrar por ello.

La mala noticia es que sí va contigo. La buena es que casi todo el trabajo no es tuyo: es de quien te vende el programa de facturación. Lo que sí es tuyo es comprobar que ese programa va a cumplir, y hacerlo antes de que la fecha esté encima.

Qué es Verifactu, dicho para un taller

Verifactu es el sistema que regula el Real Decreto 1007/2023 y que obliga a que el programa con el que facturas garantice que una factura, una vez emitida, no se puede tocar. Cada registro se encadena con el anterior mediante una huella digital, de forma que si alguien borra o modifica una factura vieja, la cadena canta.

En la práctica, para el mostrador, significa dos cosas visibles:

  • Las facturas llevarán un código QR que permite verificarlas.
  • Se acabó el "esta factura la anulo y la vuelvo a hacer". Una factura emitida se rectifica con una rectificativa, que queda registrada. No desaparece.

Lo que hay detrás —hash encadenado, registro de eventos, remisión de los registros a la Agencia Tributaria— lo resuelve el software. Tú no vas a firmar nada criptográficamente a mano.

La fecha que te aplica depende de tu forma jurídica

Aquí es donde se lía casi todo el mundo, porque la norma se ha aplazado varias veces y cada uno recuerda una fecha distinta. El Real Decreto-ley 15/2025, de diciembre de 2025, dejó el calendario así:

Si el taller es…Fecha límite
S.L. o S.A. (contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades)1 de enero de 2027
Autónomo en IRPF, comunidad de bienes, entidades en atribución de rentas1 de julio de 2027

Merece la pena pararse en esto un segundo, porque es la confusión más común entre talleres: dos talleres de la misma calle, con el mismo volumen y el mismo programa, pueden tener seis meses de diferencia en el plazo. No depende de lo que factures ni de cuántos empleados tengas. Depende de cómo estés constituido.

Si eres S.L., que es lo habitual en cuanto hay dos o tres personas en plantilla, tu fecha es la de enero. Y enero de 2027, contando el verano, está más cerca de lo que parece.

Lo que ya está en vigor y no te has enterado

Hay una fecha que ya pasó y que te afecta aunque tu plazo sea 2027: desde el 29 de julio de 2025, quien fabrica y vende software de facturación solo puede comercializar producto adaptado. Vender un programa que no cumple es sancionable para el fabricante.

Esto tiene una lectura muy práctica para ti. Si el programa que usas se vendía antes de esa fecha y su fabricante no ha sacado versión adaptada, no es que vayas a tener un problema en 2027: es que el problema ya lo tiene él, y probablemente signifique que ese producto está muerto. Conviene saberlo ahora y no cuando te quede un mes.

El coste de llegar tarde

La sanción prevista para quien use un sistema de facturación que no cumple es de 50.000 € por cada ejercicio en el que se haya usado. Es una cantidad fija: no escala con lo que factures. Da igual que emitas cuarenta facturas al mes o cuatrocientas.

Para los fabricantes y distribuidores la cifra sube hasta los 150.000 € anuales.

No es una multa que vayan repartiendo a puerta fría por los polígonos, y conviene no dramatizar. Pero es el tipo de cosa que aparece cuando ya estás en una inspección por otro motivo, igual que pasa con la placa-distintivo y el tablón de precios: nadie viene a mirarlo, hasta que viene.

Las cinco preguntas que hacerle hoy a tu proveedor

Esta es la parte accionable. Coge el teléfono, llama a quien te vende el programa, y pregunta exactamente esto:

1. ¿Vuestro producto está adaptado a Verifactu, hoy? No "lo estamos mirando". No "para 2027 estará". Sí o no, hoy.

2. ¿Está incluido en lo que ya pago o es un módulo aparte? Aquí es donde a más de uno le va a llegar una subida de cuota disfrazada de cumplimiento normativo.

3. ¿Qué versión tengo yo instalada y qué tengo que hacer para pasar a la adaptada? Si la respuesta implica una migración con coste, quieres saberlo con doce meses de margen, no con dos.

4. ¿Enviáis los registros a la AEAT automáticamente o hay que hacer algo desde el mostrador? El sistema admite dos modos de funcionamiento. Lo que te interesa saber es cuánto trabajo manual te cae encima cada día.

5. ¿Qué pasa con mis facturas anteriores? No se convierten en ilegales, pero quieres tenerlas accesibles y saber cómo se corta la serie.

Si tu proveedor responde con evasivas a las dos primeras, ya tienes la información que buscabas. Y si estás en ese punto, la conversación deja de ser sobre Verifactu y pasa a ser sobre cambiar de programa de gestión, que es un movimiento que conviene hacer en enero o en noviembre, nunca en julio con el taller lleno.

El error de esperar a diciembre de 2026

Todo el mundo sabe cómo va a acabar esto: en noviembre y diciembre de 2026 los fabricantes de software van a tener el soporte colapsado de talleres pidiendo la migración a la vez, y las asesorías igual.

Cambiar de programa de facturación no es instalar una app. Es sacar tu histórico de clientes y vehículos, cuadrar las series de facturación, y que la gente del mostrador aprenda a moverse en otra pantalla mientras siguen entrando coches. Hacerlo con calma en octubre de 2026 es un fin de semana raro. Hacerlo el 20 de diciembre es facturar mal el primer trimestre.

Si vas a tener que tocar el programa, el momento razonable es el otoño de 2026. No porque lo diga la ley, sino porque es cuando hay hueco.

Dónde encaja aquí una herramienta

Conviene ser honesto con esto, porque es la duda con la que se queda cualquiera que lea un artículo así en la web de un software: FIXA todavía no está certificado para Verifactu. Está en el desarrollo previsto para llegar dentro del plazo, y cuando lo esté se dirá con la fecha por delante, no antes.

Mientras tanto, lo que sí resuelve FIXA es lo de todos los días: la orden de reparación, el presupuesto que el cliente acepta desde el móvil y el historial por matrícula. Si estás valorando un cambio de programa con la vista puesta en 2027, la pregunta 1 de la lista de arriba hazla también aquí — y exige la misma respuesta clara que le exigirías a cualquier otro.

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Preguntas frecuentes

¿Cuándo es obligatorio Verifactu para un taller mecánico? Depende de la forma jurídica. Si el taller es una S.L. o S.A., el 1 de enero de 2027. Si eres autónomo en IRPF o una comunidad de bienes, el 1 de julio de 2027. Las fechas las fijó el Real Decreto-ley 15/2025.

¿Verifactu me obliga a hacer factura electrónica a mis clientes particulares? No, son dos cosas distintas que se suelen mezclar. Verifactu regula que el sistema con el que emites las facturas sea íntegro e inalterable. La obligación de factura electrónica entre empresas y profesionales viene de otra norma y tiene su propio calendario.

¿Puedo seguir usando el Excel o el talonario? Los libros y facturas en papel tienen su propio encaje, pero cualquier programa informático que uses para facturar tiene que cumplir. Un Excel que emite facturas no cumple: es exactamente el caso que la norma persigue, porque se puede modificar sin dejar rastro.

¿Qué pasa si mi programa actual no se adapta? Que tendrás que cambiarlo antes de tu fecha. Si el fabricante no tiene versión adaptada a estas alturas, es señal de que ese producto no va a llegar, porque desde julio de 2025 ya no puede venderlo legalmente.

¿La sanción de 50.000 € es por factura? No, es una cantidad fija por cada ejercicio en el que se haya usado un sistema que no cumple, con independencia del volumen facturado.

¿Tengo que enviar yo algo a Hacienda cada día? No manualmente. En la modalidad de remisión, es el propio programa el que envía los registros de facturación. Lo que sí conviene preguntar a tu proveedor es en qué modalidad te deja trabajar y si eso implica alguna tarea nueva en el mostrador.

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